El nuevo baremo estatal de reconocimiento de discapacidad contempla de manera expresa la limitación en la actividad y la restricción en la participación social independientemente de contar o no con diagnóstico definitivo.
Los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) de los Servicios Sociales autonómicos valoran tanto las funciones corporales como los factores contextuales y ambientales. En los casos sin diagnóstico, el énfasis debe situarse en la repercusión funcional demostrada mediante pruebas objetivas (ergometrías, neuropsicología, escalas de marcha y dolor).
En caso de denegación o asignación de un porcentaje inferior al real, existe el derecho a formular Reclamación Previa en el plazo de 30 días hábiles.
Sí. El baremo evalúa la deficiencia global y las limitaciones funcionales permanentes demostrables, no únicamente el código diagnóstico CIE-10.